04 Mar
04Mar
  • Para vender una vivienda es necesario recopilar unos documentos y hacer unos trámites
  • Algunos son obligatorios y otros son indispensables según el caso. Aquí te contamos cuáles necesitas, cómo conseguirlos y cuánto cuestan. 

¿Qué documentos necesito para vender una casa?

Antes de poner el piso en venta, durante la transacción y en el momento de la compraventa será necesario tener preparados algunos documentos y realizar algunos trámites. Aquí tienes la lista completa de los papeles que necesitarás para vender tu casa de segunda mano:

AL INICIO DE LA VENTAPARA LOS ANUNCIOS Y VISITASPARA LA NEGOCIACIÓNPARA FIRMAR EN EL NOTARIODESPUÉS DE VENDER
  • Nota simple
  • Certificado de eficiencia energética
  • Planos de la vivienda
  • Cédula de habitabilidad 
  • Contrato de arras
  • Estatutos de la comunidad de propietarios
  • Recibo del IBI
  • Certificado de inspección técnica del Edificio (ITE)
  • DNI o documento de identidad
  • Escritura de compraventa
  • Últimas facturas pagadas de suministros
  • Certificado de estar al corriente con los gastos de la comunidad
  • Certificado de deuda cero o deuda pendiente
  • IRPF
  • Plusvalía municipal

No toda la documentación que aparece en esta tabla es obligatoria y algunos de estos trámites para vender casa van a ser necesarios durante más de una fase del proceso. Además, hay que tener en cuenta que aunque debemos llevar los documentos originales el día de la firma de la compraventa, algunos tendremos que entregarlos previamente al notario (por email o en copia) para que este vaya preparando el borrador de la escritura.


El coronavirus ha acelerado la firma electrónica de contratos

Gracias a la tecnología, desde hace un tiempo podemos firmar algunos contratos de forma digital y sin necesidad de contar con un certificado digital.Existen algunas plataformas en el mercado que nos facilitan firmar documentos con plena validez legal y totalmente online. Esta posibilidad se ha vuelto común con el coronavirus. Especialmente, a la hora de firmar contratos de arras u hojas de encargos con inmobiliarias.Solo tenemos que elegir la plataforma, subir el documento y firmar con nuestro dedo índice desde nuestro dispositivo (tablet o smartphone) el contrato. Al comprador le llegará por email y estampara su firma de la misma forma. Eso sí, esto no aplica para firmar la escritura de compraventa, ya que esta se tiene que formalizar ante notario.

A continuación explicamos, uno a uno, todos los trámites y documentos que se necesitan para vender un piso e indicamos dónde conseguirlos, si son obligatorios para la venta y el coste que suponen estos requisitos para vender una vivienda


1. Nota simple del registro de la propiedad

  • Qué es: es un documento que especifica quién es el propietario de una vivienda y las características de la casa. Además, indica si el inmueble tiene cargas o deudas.
  • Dónde conseguirlo: podemos conseguirla online en la web del Colegio de Registradores de la propiedad o en la app del Registro.
  • Plazo: 24-48 horas.
  • Coste: 9,02 euros.
  • Cuando se necesita
    • Antes de vender, para comprobar que no existen problemas con la titularidad
    • Durante las negociaciones
  • Obligatorio: sí

2. Certificado de Eficiencia Energética

  • Qué es: el certificado energético es un documento que incluye las condiciones energéticas de nuestro inmueble, así como su calificación energética.
  • Dónde conseguirlo: deberemos contratar un técnico autorizado que acudirá a nuestro piso, lo inspeccionará y nos enviará un certificado con esta información.
  • Plazo: 1-7 días.
  • Coste: depende de la localidad, los metros cuadrados de la vivienda y el profesional que contratemos. Además, debemos contar con los honorarios del técnico más las tasas administrativas, ya que el certificado se debe registrar ante el organismo correspondiente de nuestra región.
    • Precio medio del técnico: 60 - 100 euros.
    • Precio de las tasas: gratis - 40 euros, según la Comunidad Autónoma.
  • Cuando se necesita: para los anuncios en los portales inmobiliarios y para firmar la compraventa.
  • Obligatorio: sí.

3. Planos de la vivienda

  • Qué es: es un dibujo donde se muestra la disposición y el tamaño de nuestro inmueble.
  • Dónde conseguirlo: podremos pedirlos al ayuntamiento, a nuestra inmobiliaria, dibujarlo nosotros mismos o usar apps para diseñar planos online.
  • Plazo: 1-30 días.
  • Coste:
    • Inmobiliaria: incluido en sus servicios.
    • Arquitecto: 60 - 350 euros.
    • Webs o apps especializadas: gratis.
  • Cuando entregar: al colgar nuestros anuncios de venta.
  • Obligatorio: No, pero si recomendable para añadir en la publicidad de la vivienda.

4. Cédula de habitabilidad 

  • Qué es: es el documento que acredita que una vivienda cumple los requisitos de habitabilidad fijados por la ley. Es decir, que es apta para ser habitable y destinada a residencia.
  • Dónde conseguirlo: en la Oficina de la Vivienda o el Ayuntamiento. Debemos contratar un técnico colegiado que analice nuestra casa y envíe la documentación a la administración correspondiente.
  • Plazo: 30-90 días hábiles, dependiendo de la Comunidad Autónoma.
  • Coste: Alrededor de 100 euros, pero depende del técnico y de la ubicación del piso.
  • Cuando entregar
    • Durante la negociación.
    • Para la compraventa ante notario.
  • Obligatorio: sí, en Asturias, Baleares, Cantabria, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, La Rioja, Murcia y Navarra.


5. Certificado de Inspección Técnica del Edificio (ITE)

  • Qué es: es un documento que certifica el estado de habitabilidad de la finca donde está ubicado el piso o la casa.
  • Dónde conseguirlo: presidente de la comunidad (o administrador de fincas) o podemos pedir una copia al Ayuntamiento. Si se trata de nuestra casa unifamiliar y el Ayuntamiento de nuestra localidad lo requiere, seremos los responsables de tramitarlo.
  • Plazo: 1-30 días.
  • Coste:
    • Gratis si ya está hecho.
    • Alrededor de 60 euros por piso, si nuestro edificio tiene que pasarla aún.
    • Si se trata de una casa unifamiliar, el precio rondaría los 200 euros.
  • Cuando entregar: 
    • Para la negociación.
    • Durante la compraventa.
  • Obligatorio: sí, en edificios de más de 30, 45 o 50 años, dependiendo de la Comunidad.

6. Estatutos de la comunidad de propietarios

  • Qué es: se trata nada más y nada menos que las normas que la comunidad de vecinos del edificio.
  • Dónde conseguirlo: pedir al presidente de la comunidad del edificio, al administrador de fincas o al Registro de la Propiedad si ellos no lo tienen.
  • Plazo: 1-7 días.
  • Coste: gratis.
  • Cuando entregar:
    • Durante la negociación.
    • Para la compraventa.
  • Obligatorio: No, pero el comprador podría pedirlo.

7. Recibo de pago del IBI

  • Qué es: es el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, un tributo que pagan todos los propietarios por ser dueños de una vivienda. Este certificado indica que estamos al día con el pago de dicho impuesto.
  • Dónde conseguirlo: podemos entregar las facturas domiciliadas del banco con este concepto.
  • Plazo: inmediato.
  • Coste: gratis.
  • Cuando entregar:
    • Durante la negociación.
    • Para la compraventa.
  • Obligatorio: sí.

8. Contrato de reserva o de arras

  • Qué es: es un documento firmado tanto por el comprador como por el vendedor donde se pacta la venta del inmueble. Realizar este documento es uno de los pasos más recomendados para vender un piso, ya que contiene todos las condiciones acordadas en la negociación y sirve de garantía para ambas partes. Aquí aparecerán características como el precio de venta o las penalizaciones por incumplimiento de contrato, en el caso de que existieran.
  • Dónde conseguirlo:
    • Online.
    • Inmobiliaria.
    • Abogado.
  • Plazo: 1-7 días.
  • Coste:
    • Online: gratis.
    • Inmobiliaria: incluido en el servicio.
    • Abogado: 50 - 100 euros.
  • Cuando entregar: cuando se cierra la negociación y para la compraventa.
  • Obligatorio: no, es opcional.

9. Últimas facturas pagadas de suministros

  • Qué es: las facturas de los recibos de la luz, el agua y el gas para comprobar que esté todo pagado y en orden.
  • Dónde conseguirlo: solicitándolo a nuestras compañías de suministros o mostrando los recibos bancarios.
  • Plazo: 1-7 días.
  • Coste: gratis.
  • Cuando entregar: para la compraventa.
  • Obligatorio: sí

10. Certificado de no tener deudas con la comunidad

  • Qué es: este documento es necesario para vender una casa. Se trata de un certificado que asegura al comprador que estamos al corriente de los pagos con la comunidad de vecinos.
  • Dónde conseguirlo: secretario de la comunidad, con el visto bueno del presidente (o el administrador de fincas).
  • Plazo: 1-7 días.
  • Coste: gratis.
  • Cuando entregar: para la compraventa. Hay que pedirlo al presidente de la comunidad uno o dos semanas antes (como máximo) de la fecha de la firma.
  • Obligatorio: sí

11. Certificado de deuda cero

  • Qué es: es un documento emitido por nuestro banco que certifica que la hipoteca de la casa que ahora queremos vender está completamente pagada.
  • Dónde conseguirlo: en nuestro banco.
  • Plazo: inmediato.
  • Coste: gratis.
  • Cuando entregar: para la compraventa.
  • Es obligatorio cuando se ha pagado la hipoteca sobre nuestro inmueble, pero no hemos hecho la cancelación en el Registro

¡Ojo! Si no hemos acabado de pagar la hipoteca, podemos liquidar la deuda con el importe de la compraventa del piso. Para ello llevaremos un certificado de deuda pendiente emitido por nuestro banco. El banco del comprador extenderá un cheque a nuestro banco con el saldo pendiente y uno a nuestro nombre con el resto del dinero de la compraventa. Esto suele suceder durante el día de la firma.

12. Escritura de compraventa

  • Qué es: es el contrato que firmamos cuando compramos la vivienda que ahora queremos vender.
  • Dónde conseguirlo: se entrega el día que firmamos el contrato en el notario cuando compramos la vivienda.
  • Plazo: inmediato.
  • Coste: gratis.
  • Cuando entregar: para la compraventa.
  • Obligatorio: sí

¡CUIDADO! Actualmente existen una gran cantidad de páginas que se ofrecen a tramitarnos los documentos que se necesitan para vender una casa y que nos cobrarán mucho más de lo que realmente cuesta. Desde HelpMyCash.com recomendamos acudir siempre a las páginas web oficiales de cada administración 


¿Qué trámites para vender casa podrá hacer la inmobiliaria?

Al contratar los servicios de una agencia inmobiliaria, tanto si se trata de una proptech como de una tradicional, muchos de los trámites y documentos que se necesitan para vender la casa los gestionarán ellos. Igualmente, dependerá de cuánto queremos involucrarnos en este tema.Estos es la documentación para la venta de una vivienda que la inmobiliaria podrá gestionar por nosotros

 Nota simple del certificado de la propiedad 

Tasación de la vivienda 

Certificado de Eficiencia Energética

 Cédula de habitabilidad 

Planos de la vivienda 

Contrato de arras 

Estatutos de la comunidad de propietarios 

Certificado de Inspección Técnica del Edificio

Los dos últimos documentos para vender una casa los tenemos que pedir nosotros al presidente o al administrador de nuestra finca. No obstante, si no vivimos en el edificio o nos encontramos lejos, la inmobiliaria puede hacerlo en nuestro nombre. 


¿Qué otros documentos puedo necesitar para vender el piso?

Existen algunas compraventas que probablemente necesitarán documentación adicional. Esto vendrá determinado por el tipo y las características de la operación. Por ejemplo:

  • Si el piso que vamos a vender es heredado, tendremos que presentar las escrituras de aceptación de la herencia, ya que estas son la prueba de que hemos finalizado el trámite y somos los dueños legales de la casa.
  • Si vamos a vender el piso tras el divorcio, quizás también necesitaremos presentar la sentencia de divorcio o los documentos que prueban el reparto de los bienes. Si tenemos niños menores y previamente un juez le asignó el uso de la casa a uno de los cónyuges, es posible que sea necesaria una autorización del juez para poder vender a un tercero.

Sea cual sea el caso, si nos encontramos ante una venta circunstancial y, además, estamos vendiendo la casa entre particulares, es aconsejable consultar previamente con un notario, para que nos indique qué documentos podríamos necesitar en nuestro caso concreto. 


¿Qué documentos pedirá el notario para la escritura?

Como hemos mencionado, algunos de los documentos para vender un piso los vamos a necesitar en varias fases de la venta, bien sea porque nos la pida el comprador o porque lo necesitemos para promocionar la venta.Pero ¿qué documentos debe entregar el vendedor al notario? De manera general, son los siguientes:

  • DNI o tarjeta de residencia original de ambas partes
    • Los documentos de ambos deben estar vigentes. En tal caso que se aporte el pasaporte, se tendrá que acreditar también el NIF (número de identificación fiscal).
  • Original del título de propiedad de la casa (escritura de compraventa, acto judicial de adjudicación, escrituras de aceptación de herencia, etc).
  • Fotocopia de todos los cheques o transferencias que se hayan recibido antes de la firma (por ejemplo, en concepto de reserva)
  • Recibo del último pago del IBI (año en curso o año anterior si no nos han girado el cobro)
  • Certificado energético
  • Cédula de habitabilidad, si es obligatoria
  • Certificado del ITE, si aplica
  • Certificado de estar al corriente de pago con la comunidad
  • Contrato de arras
  • Últimas facturas de los suministros: agua, luz, gas, recibo de basuras, etc
  • Si el piso tiene hipoteca: certificado de deuda pendiente o de deuda cero. En este último caso, habrá también que acreditar que se ha depositado la provisión de fondos para hacer frente a la cancelación registral de la hipoteca (o hacerla el día de la firma)

¡IMPORTANTE! el día de la firma no debemos olvidar nuestro DNI y las llaves de la vivienda. Por increíble que parezca, a muchos vendedores se les puede pasar llevar estas dos cosas a la notaría y ambas son muy importantes para poder firmar. Especialmente, el documento de identidad.


¿Qué trámites hay que hacer después de vender la vivienda?

Sí, una vez que hemos vendido nuestro piso, nos toca asumir uno de los gastos más representativos de la venta de una casa. Es decir, hay que hacer el trámite de pagar los impuestos obligatorios. Estos son el IRPF por la ganancia patrimonial obtenida y la plusvalía municipal


El IRPF debemos pagarlo en la declaración de la renta del año fiscal que corresponda (al año siguiente de la venta) y el impuesto de plusvalía municipal debemos abonarlo en nuestra Ayuntamiento dentro de los 30 días posteriores a la venta de la casa. Aunque, el plazo puede variar de acuerdo a lo localidad. 


Si desea vender su casa, piso, parking, local, y quiere tener el mejor asesoramiento inmobiliario, dele a CONTACTAR, y nos podremos en contacto a la mayor brevedad. 






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